ATEX

Desde 2003, las organizaciones dentro de la UE deben cumplir con las directivas para Atmósferas Explosivas (ATEX, ATmosphères EXplosibles) en los lugares de trabajo y productos con atmósferas donde las explosiones son un riesgo potencial. 
    
Las directivas están divididas en dos categorias: el ATEX 95 para equipamiento y ATEX 137 para lugares de trabajo con atmósferas explosivas. Estas normativas protegen a los operarios y previenen explosiones o combustiones de filtrado, fluidos de transmisión o cercanos a atmósferas de gases y polvo explosivos.
    
La directiva europea 94/9/EC-ATEX 95 es válida para productos que tienen su propia fuente de ignición. Como productos autónomos, ninguna gama estándar de productos tiene una fuente de ignición propia y, por tanto, no está sometido a ningúna directiva ATEX. 

La directiva europea 99/92/EC/EC-ATEX 137 está orientada para lugares de trabajo con atmósferas explosivas. Los productos CEJN no están sometidos a tal directiva siempre y cuando se usen corerctamente.

Para más información de esta directiva, visite: http://ec.europa.eu/enterprise/atex/index_en.htm